A.R.T. (Riesgos del Trabajo – Ley 24.557)
¿Cuál es la cobertura?
RIESGOS DE TRABAJO
Se lo considera a todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo
ACCIDENTE IN-ITINERE
Es aquel que ocurre en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar del trabajo (siempre y cuando el damnificado no hubiera interrumpido o alterado el recorrido por causas ajenas al trabajo). No hay plazos de tiempo salvo el considerado normal para el desarrollo del recorrido.
ENFERMEDAD PROFESIONAL
Son aquellas enfermedades incluidas en el listado elaborado por el Poder Ejecutivo y que se relacionan con algún agente de riesgo presente en el ámbito de trabajo.
¿Que exclusiones existen a la cobertura?
- Los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales causados por dolo del trabajador o por fuerza mayor extraña al trabajo
- Las incapacidades del trabajador preexistentes al inicio de la relación laboral y acreditadas en el examen preocupacional
- Las enfermedades que sean consecuencia inmediata, o mediata previsible, de factores ajenos al trabajo o atribuibles al trabajador, tales como la predisposición a contraer determinada dolencia (por Ej.: determinadas hernias)
¿Quiénes deben estar amparados por una ART?
- Todo empleado en relación de dependencia del sector privado
- Los funcionarios y empleados del sector público (incluye la Nación, las provincias y los municipios y la Ciudad A. de Bs. As.)
- Los Pasantes legalmente contratados
- Las actividades realizadas en virtud del cumplimiento de una beca
¿Quiénes no pueden asegurarse todavía?
- Los empleados domésticos
- Los trabajadores autónomos
- Los bomberos voluntarios
Datos necesarios para cotizar
- Numero de CUIT
- Cantidad de empleados
- Ultima masa salarial abonada
- Descripción de la/s actividad/es desarrollada/s en la empresa
Requisitos para formalizar un contrato
Documentación a presentar para los contratos nuevos de ART:
- Formulario Firmados por el titular de la empresa ó apoderado.
- Fotocopia del titular o apoderado.
- Fotocopia de inscripción ante IVA
- Fotocopia del estatuto
- Domicilio de riesgo
- Altas tempranas ó 931 con la nómina apaisada.
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